La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) ha modificado el criterio de la jubilación activa del trabajador autónomo que debe acreditar la formalización, como empleador, de un contrato de trabajo para el desempeño de un puesto de trabajo relacionado con la actividad por la que haya dado lugar a su alta en el sistema de seguridad social como trabajador autónomo.
En definitiva que los autónomos que compatibilicen salario y jubilación al 100% deben formalizar un contrato por cuenta ajena en su respectivo ámbito de actividad.
Adjuntamos el nuevo criterio establecido por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) y la nota de prensa del Ministerio de Trabajo en la que se informa de este cambio.