Adjunto remitimos la Orden INT/239/2020, de 16 de marzo, por la que se restablecen los controles en las fronteras interiores terrestres con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
No obstante, esta medida no afecta al transporte de mercancías. De hecho, con ello se asegura actividad económica.
El restablecimiento temporal de los controles en las fronteras interiores se aplicará desde 00:00 horas del 17 de marzo de 2020, hasta las 24:00 horas del 26 de marzo de 2020 y afectará a las fronteras interiores terrestres.
Sólo se permitirá la entrada a territorio nacional, por vía terrestre, a las siguientes personas:
a) Ciudadanos españoles.
b) Residentes en España.
c) Trabajadores transfronterizos.
d) Aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
Con el fin de asegurar la continuidad de la actividad económica y de preservar la cadena de abastecimiento, estas medidas no son aplicables al transporte de mercancías.