La Unión Europea declara Andalucía como territorio oficialmente libre de brucelosis bovina y ovina-caprina
La Comisión Europea ha declarado Andalucía como territorio oficialmente libre de brucelosis bovina y ovina-caprina al cumplir con las exigencias que impone la normativa europea. Entre otras condiciones, es precisa la ausencia de casos de la enfermedad, haber dejado de practicar la vacunación y, además, comprobar que la práctica totalidad del censo de animales tenga resultados negativos en pruebas relativas a esta enfermedad.
Entra en vigor el almacenamiento privado de carne de ovino, caprino y bovino
La Comisión Europea ha adoptado cinco Reglamentos por los que se abre el almacenamiento privado de carnes de bovino, ovino y caprino, leche desnatada en polvo, mantequilla y quesos.
Entra en vigor el almacenamiento privado de carne de ovino, caprino y bovino
La Comisión Europea ha adoptado cinco Reglamentos por los que se abre el almacenamiento privado de carnes de bovino, ovino y caprino, leche desnatada en polvo, mantequilla y quesos.
La Junta considera erradicada la brucelosis en rumiantes y destaca la buena evolución de los casos de tuberculosis bovina
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible considera que la brucelosis en rumiantes se encuentra erradicada, tras no volverse a detectar nuevos casos de esta enfermedad y a partir de los controles que se llevan a cabo en nuestra comunidad. De hecho, la Unión Europea ya ha oficializado la declaración de indemne para la provincia de Cádiz, tanto en ovino como en caprino, estando en trámite los casos de Huelva, Sevilla y Córdoba. Respecto de la brucelosis bovina ya tienen la calificación de oficialmente indemne las provincias de Almería, Granada y Jaén.
Flexibilización en las prohibiciones de movimientos ganaderos por lengua azul
El pasado 15 de abril finalizó el periodo estacionalmente libre de vectores para el virus de la lengua azul en España. Con objeto de evitar las posibles distorsiones comerciales que pueda ocasionar este hecho y considerando que el riesgo es mínimo, al tratarse de movimientos dentro de la misma zona restringida de además la misma Comunidad Autónoma, la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura ha autorizado, hasta el próximo 15 de junio de 2019, el movimiento de animales de las especies bovina y ovina no vacunados frente a lengua azul con origen y destino en la zona restringida por lengua azul de Andalucía, con la condición de que los mismos no presenten síntomas de la enfermedad en el día de su transporte y éste sea realizado en vehículos desinsectados antes de la carga. Así se recoge en la Resolución de 24 de abril de 2019 que adjuntamos con esta noticia.
Permitido en mayo el movimiento de bovinos menores de doce meses sin vacunar para sacrificio inmediato o cebaderos
El Ministerio de Agricultura ha trasladado a ASAJA-Sevilla que durante el presente mes de mayo se permite el movimiento de bovinos menores de doce meses sin vacunación, cuyo destino sea sacrificio inmediato o cebaderos, con la excepción de aquellos animales que tengan por destino tratantes, centros de concentración, ferias y mercados.
La Orden AAA/1424/2015, de 14 de julio, por la que se establecen medidas de protección en relación a la lengua azul, establece que todos los animales que se muevan desde zona de restricción a zona libre durante el periodo de actividad del vector deben hacerlo en base a unos requisitos específicos, entre los que figura la vacunación del animal y de la explotación de origen frente al serotipo correspondiente.
España y Francia firman un nuevo protocolo para el movimiento de animales de zonas restringidas por lengua azul
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente español y el Ministerio de Agricultura, Agroalimentación y Montes de la República Francesa han firmado un nuevo protocolo bilateral referente a las condiciones sanitarias para los intercambios entre Francia y España de bovinos, ovinos y caprinos procedentes de zonas restringidas respecto a la fiebre catarral ovina y destinados destinados a la cría o al engorde.
Este nuevo protocolo contiene las siguientes novedades:
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