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Medidas preventivas para evitar daños por barrenillo del olivo

23 May 2023 No comment  
Foto: RAIF Foto: RAIF

La Red de Alerta e Información Fitosanitaria de Andalucía (RAIF) ha informado de que han comenzado a observarse entradas de adultos de barrenillo del olivo (Phloeotribus scarabaeoides) en los palos cebo instalados para su seguimiento, aunque están en descenso. Hay que estar atentos para detectar las primeras salidas, que ya se observan en algunas zonas olivareras andaluzas.

Este insecto, con la llegada de las suaves temperaturas de final del invierno y coincidiendo generalmente con las habituales tareas de poda en el cultivo, sale de su refugio hacia maderas con menor movimiento de savia, procedentes de dicha poda o árboles decrépitos afectados por algún fitopatógeno. En estas realizan galerías en la corteza donde se aparean y sus larvas nacidas aparecen como nuevos adultos en mayo-junio, que abandonarán los restos de poda para dirigirse a los olivos más próximos. Los daños más graves se deben a las galerías de alimentación que realizarán en los brotes del olivo, entre los meses de mayo y julio, los adultos de esta nueva generación.

Como estrategia de lucha, la RAIF recomienda utilizar la leña de poda como atrayente/cebo de adultos, siempre y cuando la leña sea destruida, o retirada y almacenada herméticamente una vez finalizada la puesta y antes de la emergencia de la nueva generación, que como se ha mencionado anteriormente, tiene lugar a partir de mediados de mayo.

Por ello, se aconseja que durante ese periodo se preste especial atención a la salida de dichos adultos de restos de podas, árboles y/o palos cebos. En los olivares cercanos a los cascos urbanos es donde se produce una mayor incidencia de este agente. Los orificios de entrada se identifican fácilmente por el serrín que hay en la superficie del palo, los orificios de salida no tienen serrín.

La RAIF recuerda que la legislación vigente obliga a que, entre el 1 de mayo y el 31 de octubre, donde haya leña y restos procedentes de la poda anual, se tomen las medidas reguladas por la Ley 43/2002 de 20 de noviembre de Sanidad Vegetal y desarrollada en la Comunidad Autónoma de Andalucía mediante las órdenes del 2 de noviembre del 1981 y del 10 de marzo de 1982 que resume y determina las normas a seguir para prevenir los daños de Barrenillo del olivo (Phloeotribus scarabaeoides) tales como:

- Leñeras herméticamente tabicadas y cerradas.
-Zanjas o trincheras, cubiertas con al menos 25 cm de tierra.
-Albercas, quedando en este caso la leña cubierta de agua.
-Cualquier otro método que suponga un aislamiento hermético de la leña al exterior.

Tomar estas medidas es de suma importancia, ya que, en los olivares próximos a acumulaciones de leña, se producen daños graves. La realización de tratamientos fitosanitarios es prácticamente ineficaz si se mantienen las leñas mal acondicionadas.

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