La ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobas, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los agricultores con plantaciones de almendro, avellano y algarrobo que cumplan los requisitos establecidos en Sección 4ª del Capítulo I del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre.
El objetivo de esta ayuda es frenar el abandono que afecta a dichas especies, con el consiguiente problema social, medioambiental y económico que conllevaría.
Esta medida se desglosa a su vez en 2 sub-regímenes de ayuda, en función de la ubicación de las superficies, ya sea en la región peninsular o en la región insular, cada una con su correspondiente límite presupuestario tal y como queda reflejado en el Anexo II del citado Real Decreto.
España Peninsular
La dotación presupuestaria para la campaña 2016/2017 queda establecida en el Anexo II del Real Decreto 1075/2014 y asciende a 12.956.000 €.
En la presente campaña 2016/2017, el número de hectáreas determinadas asciende a 343.657,96 Hectáreas (101.320 ha en Andalucía), lo que supone que el importe unitario definitivo de la ayuda queda fijado en 32,686238 €/Ha.
Estos importes unitarios definitivos se aplican, tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con los importes unitarios provisionales. No obstante, conforme a lo dictado mediante Resolución del Presidente del FEGA, de fecha 30 de marzo de 2017, los pagos que se efectúen a partir de esta fecha podrán alcanzar, como máximo, el 98% del importe total a abonar