El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado una Circular de coordinación, que adjuntamos con esta noticia, donde se recogen los criterios para la asignación de los derechos del pago básico de la reserva nacional.
La constitución de una reserva nacional de derechos de pago básico tiene como finalidad facilitar la participación de jóvenes agricultores y de los agricultores que comiencen su actividad agrícola en el régimen de pago básico, además de asignar derechos a los agricultores legitimados en virtud de sentencia judicial firme o de un acto administrativo firme y a los agricultores que no hayan tenido acceso a la primera asignación de derechos de pago básico en 2015 por causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales. En cualquier caso, para la asignación de la reserva nacional se tendrán en cuenta criterios objetivos que garanticen la igualdad de trato entre los agricultores y que eviten cualquier falseamiento del mercado y de la competencia.
En la Circular que adjuntamos quedan definidas las condiciones generales y específicas de acceso a la reserva nacional, los distintos casos en los que los agricultores pueden obtener derechos de ella, el plazo de presentación de las solicitudes, así como los criterios de cálculo y asignación de derechos para la campaña 2017, de acuerdo con la legislación comunitaria y nacional vigente.
Esta Circular se ha adoptado en consenso con el MAPAMA y las Comunidades Autónomas mediante las reuniones del grupo de coordinación del Pago Básico, constituido por el FEGA.