La ayuda asociada a las explotaciones que mantengan vacas nodrizas está destinada a los ganaderos que cumplan los requisitos establecidos en el Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre.
El objetivo de esta ayuda es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones que mantienen vacas nodrizas y reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva que juega un importante papel desde el punto de vista medioambiental.
Para esta ayuda se diferencian dos regiones: España peninsular y región insular.
La dotación presupuestaria para la campaña 2020 asciende a 187.294.000 € para la región España Peninsular y 451.000 € para la región Insular.
En la presente campaña 2020, con objeto de poder abonar a los agricultores el pago del anticipo de la ayuda contemplada en la Sección 2ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre, el FEGA ha verificado de manera provisional el respeto de los límites presupuestarios y ha fijado los importesunitarios provisionales siguientes:
-Para la región España Peninsular: 90,115198 €/animal
-Para la región Insular: 148,924522 €/animal
El FEGA advierte de que, en virtud de lo establecido en el artículo 59 del citado Real Decreto, el importe unitario de los distintos sub-regímenes de ayuda a los ganaderos descritos en el Anexo II del Real Decreto 1075/2014 a percibir por los agricultores que no estén integrados en el Régimen simplificado de Pequeños Agricultores, se ha determinado teniendo en cuenta la dotación presupuestaria de cada una de ellos, una vez descontada la parte de la dotación correspondiente alcitado régimen simplificado en 2020.
Las comunidades autónomas podrán realizar el pago de anticipo antes del 1 de diciembre de 2020 en el caso de esta ayuda a la vaca nodriza, que podrá alcanzar hasta el 70% del pago total.
Con posterioridad las comunidades autónomas comunicarán de nuevo al FEGA, antes del 15 de marzo de 2021, el número total de animales determinados para el pago de la ayuda, con objeto de poder calcular el importe unitario definitivo a aplicar, tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con este importe unitario provisional.
El FEGA recalca el carácter provisional del importe unitario establecido de cara el pago del anticipo. Con la información que remitan las comunidades autónomas correspondiente al número total de animales determinados para el pago de la ayudaen marzo del año próximo, el importe unitario definitivo que se calcule a partir de estos nuevos datos podría variar respecto el importe provisional, y no siempre tendría que hacerlo al alza.