El Fondo Español de Garantía Agraria ha fijado el importe definitivo para las ayudas asociadas al ovino y caprino en la campaña 2022.
Importe definitivo ovino
El objetivo de esta ayuda es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones de ovino y reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva.
Para esta ayuda se diferencian dos regiones: España peninsular y Región Insular. Para el sub-régimen de ayuda para las explotaciones de ovino en región Peninsular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2022 de 121.995.153,07 €, a repartir entre 10.085.356 animales con derecho a pago (1.532.776 en Andalucía), según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario definitivo de 12,096266 €/animal.
Este importe unitario definitivo se debe aplicar tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con los importes unitarios provisionales. Por lo tanto, con este importe unitario definitivo, ya es posible proceder al pago del 100% del importe total a abonar por el citado régimen de ayuda.
Importe definitivo caprino
El objetivo de esta ayuda es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones de caprino y reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva.
Para esta ayuda se diferencian dos regiones: Zonas de Montaña junto con la región Insular, y el resto del territorio nacional, cada una con su correspondiente límite presupuestario tal y como queda reflejado en el Anexo II del citado Real Decreto.
Para el sub-régimen de ayuda para las explotaciones de caprino en región Peninsular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2022 es de 5.275.631,08 €, a repartir entre 780.399 animales con derecho a pago (270.898 animales en Andalucía), según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario de 6,760171 €/animal.
Para el sub-régimen de ayuda para las explotaciones de caprino en la región España Insular y Zonas de Montaña, hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2022 de 4.987.904,54 €, a repartir entre 586.960 animales con derecho a pago (331.005 animales en Andalucía), según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario de 8,497861 €/animal.
Estos importes unitarios definitivos se deben aplicar tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con los importes unitarios provisionales. Por lo tanto, con estos importes unitarios definitivos ya es posible proceder al pago del 100% del importe total a abonar por el citado régimen de ayuda.
Derechos especiales
Asimismo, el FEGA ha fijado los importes de la ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
Esta ayuda asociada voluntaria está destinada a los ganaderos que cumplan los requisitos establecidos en la Sección 9ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre. El objetivo de esta ayuda es la concesión de una ayuda a los titulares de explotaciones de ganado ovino y/o caprino que hayan mantenido derechos especiales en 2014, y no dispongan de hectáreas admisibles sobre las que activar derechos de pago básico. No podrán optar a esta ayuda los titulares de derechos especiales que en 2014 también fuesen titulares de derechos normales y que hubiesen declarado en dicha campaña una superficie igual o mayor a 0,2 hectáreas, excepto que el hecho de no disponer de hectáreas admisibles sobre las que activar derechos de pago básico se deba a las ausencia de hectáreas admisibles determinadas en la declaración de la solicitud de ayudas del año 2013.
Para la presente campaña 2022 se dispone de un límite presupuestario asignado de 29.563.000€, que se repartirá entre 810.791 animales con derecho a pago, según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario de 36,461924 €/animal.
Este importe unitario definitivo se deberá aplicar tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con el importe unitario provisional. Por lo tanto, con este importe unitario definitivo, ya es posible proceder al pago del 100% del importe total a abonar por el citado régimen de ayuda.