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El Gobierno incluye de nuevo la doble potencia eléctrica en una Ley, ¿será esta vez la definitiva?

La nueva Ley de la Cadena Alimentaria incluye algunas medidas de acompañamiento que habíamos solicitado desde ASAJA y que, si finalmente se desarrollan, contribuirán, siquiera parcialmente, a aliviar la crisis que padece el sector agrario y que se ha visto agravada por el brutal incremento de todos los costes de producción
16 Dic 2021 No comment  

Por tercera vez el Gobierno de España incluye entre las medias de acompañamiento de una Ley la posibilidad de contratar la doble potencia eléctrica para los regadíos. Lo hizo ya en 2018 en la Ley de Sequía, volvió a hacerlo el año pasado al incorporar esta posibilidad en la Ley de Presupuestos de 2021 y en ninguna de estas dos ocasiones se desarrolló esta medida, que se incluye ahora de nuevo en la Ley de la Cadena Alimentaria. ¿La desarrollará esta vez el Gobierno? ¿Pondrá de una vez en marcha esta posibilidad para reducir el coste energético que sufren los regantes o nos seguirá tomando el pelo?

Esperemos que a la tercera vaya la vencida y que esta vez sí se desarrolle esta posibilidad que desde ASAJA venimos reclamando desde la desaparición de las tarifas especiales de riego en el verano de 2008.

Junto a esta medida, en la Ley de la Cadena Alimentaria se incluye también la posibilidad de bonificar hasta un 35% la factura del gasóleo de las explotaciones y un 15% la de los plásticos y fertilizantes, ambas medidas están también pendientes de desarrollo.

Por otra parte, respecto a la Ley de la Cadena Alimentaria, de la que tanto se ha hablado en el último año, desde ASAJA consideramos que su publicación en el BOE y su posterior puesta en marcha son solo el primer paso para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, lograr unos precios más justos para los productores y reequilibrar las relaciones entre los distintos eslabones de la cadena. Queda por tanto la difícil tarea de velar por su cumplimiento y debe ser el Gobierno el encargado de garantizar que, a partir de ahora, las relaciones comerciales del sector agroalimentario sean más justas, equilibradas y transparentes.

Entre los aspectos más relevantes contenidos en esta reforma está la prohibición de destrucción del valor de los productos agroalimentarios. Es decir, cada operador interviniente debe pagar al operador anterior un precio igual o superior al coste de producción asumido. Queda prohibida la venta a pérdidas y los costes de producción son la base de la negociación de los contratos escritos, que serán obligatorios en todas las operaciones comerciales, salvo contadas excepciones.

En relación a los costes de producción, ASAJA defiende que resulta imprescindible que haya una referencia de costes de producción oficiales, que todos los contratos se recojan en el registro digital oficial y que la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), que ve fortalecido su papel, vele por el cumplimiento estricto de la Ley.

 

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