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Ampliado hasta el 2 diciembre el plazo para solicitar las subvenciones a empresarios dirigidas a la contratación indefinida de trabajadores en Andalucía

Además del nuevo plazo, ya no será exigible que la persona que se contrate esté inscrita como desempleada en el Servicio Andaluz de Empleo
17 Nov 2022 No comment  

La Junta de Andalucía ha modificado la convocatoria para el año 2022 de subvenciones directas, en régimen de concurrencia no competitiva, a empresas y trabajadores autónomos para impulsar nuevas contrataciones indefinidas en Andalucía.

Una de las novedades es la ampliación del plazo de presentación de solicitudes, que inicialmente finalizaba mañana, día 18 de noviembre, y que ahora podrán presentarse hasta el viernes 2 de diciembre de 2022.

Asimismo, respecto a los conceptos subvencionables, ya no será necesario que la persona trabajadora que se contrate esté inscrita como DESEMPLEADA, subvencionándose la contratación laboral con carácter indefinido (fijos o fijos-discontinuos), tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, siempre que la jornada de trabajo no sea inferior al 50% de la jornada completa, realizadas entre el 1 de abril y el 2 de diciembre del presente año 2022, y que supongan un incremento neto de la plantilla.

A continuación, resumimos los aspectos más destacados de esta convocatoria:

Beneficiarios- Podrán solicitar la subvención las personas trabajadoras autónomas, empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las entidades privadas sin personalidad jurídica siempre que desarrollen su actividad en Andalucía. Se entenderá que una persona o entidad desarrolla su actividad en Andalucía cuando tenga en alta una cuenta de cotización a la Seguridad Social en una provincia andaluza.

Requisitos- La contratación indefinida subvencionada deberá reunir los siguientes requisitos:

1. La contratación indefinida o fijo discontinua subvencionada deberá suponer un incremento neto de la plantilla fija de la persona o entidad empleadora, tomando como referencia el periodo de los tres meses anteriores.

2. El inicio de la actividad de la contratación deberá tener lugar desde el 1 de abril de 2022 hasta el 2 de diciembre de 2022, inclusive.

3. El contrato deberá ser indefinido o fijo discontinuo a jornada completa o jornada parcial siempre que ésta no sea menor al 50% de la jornada completa.

4. El contrato laboral indefinido debe mantenerse en las mismas condiciones por un periodo mínimo de doce meses ininterrumpidos. La contratación de fijos discontinuos se mantendrá en las mismas condiciones y, a efectos de su mantenimiento el año siguiente, deberá ser por un tiempo igual o superior.

5. En caso de cese de la relación laboral por causas no imputables a la persona o entidad solicitante con anterioridad el periodo establecido en la subvención, ésta deberá completarse con una sustitución por el tiempo restante contemplado en la contratación inicial.

6. La contratación laboral deberá comunicarse de forma telemática a través de las aplicaciones Contrat@ o Gescontrat@, salvo que se trate de una mujer víctima de violencia de género.

Cuantía - Las cuantías por cada contratación indefinida oscilan entre los 3.500€ y los 6.600€ según el colectivo:

1- Demandantes de empleo en general: 3.500€

2-Demandantes de empleo de 45 o más años: 4.500€

3-Demandantes de empleo de los grupos de cotización I a IV de la Seguridad Social: 5.000€

4-Demandantes de empleo jóvenes hasta 30 años: 5.000€

5-Demandantes de empleo jóvenes de los grupos de cotización I a IV de la Seguridad Social: 5.500€

Estas cantidades se incrementarán en un 10% adicional acumulable si la persona contratada es mujer o si cuenta con una discapacidad reconocida que suponga mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo. Cuando concurran a la vez ambos supuestos el incremento será del 20%.

Si la contratación indefinida se realiza a jornada parcial o como fijo-discontinuo a jornada completa, el importe será del 50% de los supuestos anteriores. Si la contratación como fijo discontinuo es a jornada parcial, la subvención será del 25% de los supuestos anteriores.

Contrataciones excluidas– No serán objeto de subvención las siguientes contrataciones:

1-De personas que hayan finalizado una relación laboral de carácter indefinido en los doce meses anteriores al inicio del contrato con la misma entidad, su grupo de empresas o autónomo solicitante.

2-Las que afecten a personas hasta el segundo grado de consanguinidad de la persona titular de la entidad.

3-Las realizadas por Empresas de Trabajo Temporal para otras empresas.

4-Las de personas con cargos de dirección de la empresa solicitante.

5-Las catalogadas como “Relaciones laborales de carácter especial”, según el art. 2 del Estatuto de los Trabajadores.

Plazo de solicitud– DESDE EL 04/10/2022 Y HASTA EL 02/12/2022 O AGOTAMIENTO DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO (para la provincia de Sevilla la estimación presupuestaria es de 37.309.040 euros), YA QUE SE CONCEDERÁN POR RIGUROSO ORDEN DE PRESENTACIÓN (CONCURRENCIA NO COMPETITIVA).

Presentación de solicitudes– Las solicitudes se dirigirán a las Delegaciones Territoriales de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de cada provincia, y se presentarán exclusivamente de forma telemática a través del siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25089.htm

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo realizará de oficio todas las comprobaciones necesarias para cotejar el cumplimiento de los requisitos, no requiriéndose de la persona o entidad solicitante documentación adicional a la propia solicitud de la ayuda salvo si se opta por una representación apoderada o mancomunada o en caso de contratación de persona discapacitada. En caso de optar al importe destinado a contratación de una persona con discapacidad se requerirá el consentimiento para la consulta del informe de discapacidad correspondiente.

Más información

Para más información, puedes contactar con la Junta de Andalucía en el número de teléfono 012 (opción 5), (955 012 012 para llamadas locales y desde fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía). El horario de atención con agente es: de lunes a viernes, excepto festivos nacionales y autonómicos, de 08:00 a 20:00 horas.

También puedes contactar con el Departamento Laboral de ASAJA-Sevilla.

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