El pasado 21 de diciembre de 2016, la Junta de Andalucía publicó en el BOJA una normativa para la concesión de subvenciones del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo, que recoge las siguientes líneas subvencionables:
Quedan EXCLUIDOS, no siendo beneficiarios de estas ayudas:
1-Socios industriales de sociedades regulares colectivas y sociedades comanditarias.
2-Quienes se constituyan o se incorporen a comunidades de bienes y socios y socias de sociedades civiles sin personalidad.
3-Socios de sociedades mercantiles, sociedades laborales y cooperativas y aquellas personas que ejerzan funciones de dirección o gerencia en las mismas.
4-Autónomos colaboradores.
5-Autónomos económicamente dependientes (TRADE).
El plazo de presentación ayudas LINEA 1 es hasta el 23 de Enero de 2017 (inclusive).
LINEA 1. FOMENTO DE LA CREACIÓN DE EMPRESAS DE TRABAJO AUTÓNOMO.
*Medida 1. Fomento de Iniciativas Emprendedoras del Trabajo Autónomo para impulsar el autoempleo individual mediante el apoyo al inicio de una actividad económica. Autónomos en el momento de la presentación de la ayuda y como máximo desde el 1 diciembre de 2016 siempre que no beneficiarias de las ayudas de la Ley 2/2015.
*Medida 2. Ayudas al Establecimiento de las Iniciativas Emprendedoras que se pongan en marcha para apoyar el trabajo autónomo, recientemente creado, incentivando su continuidad. Autónomos en el momento de la presentación de la ayuda y como máximo desde el 1 septiembre de 2014 siempre que no beneficiarias de las ayudas de la Ley 2/2015.
El plazo de presentación ayudas de la LINEA 2 y la LINEA 3 es hasta el 5 de Enero de 2017 (inclusive).
LÍNEA 2. CONSOLIDACIÓN EMPRESARIAL DEL TRABAJO AUTÓNOMO
*Medida 1.- Cooperación Empresarial, apoyo a la creación, implantación y desarrollo de proyectos de colaboración entre 3 o más personas trabajadoras autónomas para la realización de actividades empresariales o profesionales conjuntas que mejoren la posición y competitividad de las mimas en el mercado.
*Medida 2: Relevo Generacional, impulso y apoyo a procesos de transmisión y continuidad de actividades empresariales y profesionales consolidadas.
*Medida 3: Ayudas a personas emprendedoras autónomas para el desarrollo de planes técnicos que supongan un aumento de la competitividad e innovación en la empresas del trabajador/a autónoma mediante la celebración de contratos en prácticas ó la suscripción de prácticas no laborales conforme a la legislación vigente, con jóvenes con cualificación suficiente relacionada con la actividad económica del negocio.
*Medida 4: Ayudas a la competitividad para apoyar la continuidad del negocio del trabajador/a autónomo ya constituido mediante la INVERSIÓN EN ACTIVOS que desarrollen proyectos de innovación.
*Medida 5: Ayudas de continuidad, apoyando a aquellas personas trabajadoras autónomas que decidan cambiar de estrategia competitiva para el mantenimiento de su empleo.
LÍNEA 3: CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DEL EMPLEO EN EMPRESAS DE TRABAJO AUTÓNOMO.
*Medida 1: Apoyo a la contratación indefinida ordinaria.
*Medida 2: Apoyo a la transformación de contratos de duración determinada en indefinidos.
*Medida 3: Apoyo a la contratación de duración determinada para conciliar la vida personal, laboral y familiar del trabajo autónomo, de personas que por motivos de riesgo durante el embarazo, maternidad, incluido el supuesto de cesión inicial al otro progenitor de dicho periodo de suspensión, adopción, acogimiento preadoptivo, precisen contratar a una persona que les permita disfrutar de los permisos correspondientes, bien mediante la sustitución de la propia trabajadora autónoma o bien, en el caso de que la necesidad de conciliar sea una persona por cuenta ajena, su sustitución por parte del trabajador/a autónoma.
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