Propuesta de contratación de Azucarera para la campaña remolachera 2018/2019
Azucarera ha presentado las novedades relacionadas con la propuesta de contratación para la próxima campaña 2018/2019. En esta campaña, Azucarera garantiza el precio de la remolacha como resultado de los siguientes conceptos: un precio base de 25,45€/t, una compensación de la pulpa 2,36€/t líquida y un suplemento vinculado a la distancia a la fábrica que varía entre 2 €/t y 0,5 €/t.
El FEGA revisa los importes de las ayudas asociadas para ovino y caprino
El Fondo Español de Garantía Agraria ha fijado revisado los importes definitivos para las ayudas asociadas al ovino y caprino en la campaña 2017. El pasado mes de mayo las comunidades autónomas enviaron a este Organismo los datos relativos a las solicitudes aceptadas para el pago y el número de animales con derecho a pago respecto a los dos sub-regímenes de ayuda, a partir de los cuales se calcularon los importes unitarios definitivos para el pago de esta ayuda. No obstante, se ha podido constatar que, por diversas circunstancias, en algunas comunidades autónomas el número efectivo de animales pagados es inferior al inicialmente estimado.
Fijados los importes definitivos de las ayudas asociadas para ovino y caprino
El Fondo Español de Garantía Agraria ha fijado el importe definitivo para las ayudas asociadas al ovino y caprino en la campaña 2017.
Importe definitivo ovino
El objetivo de esta ayuda es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones de ovino y reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva.
Fijados los importes definitivos de la ayuda asociada a los cultivos proteicos para la campaña 2017
La ayuda asociada a los cultivos proteicos, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los agricultores que produzcan determinados cultivos proteicos en regadío, así como en las superficies de secano ubicadas en municipios que figuran en el anexo X, cuyo Índice de Rendimiento Comarcal (IRC) de cereales en secano, según el Plan de Regionalización Productiva, es mayor a 2.000 kg/ha que cumplan los requisitos establecidos en la Sección 3ª del Capítulo I del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre.
El objetivo de esta ayuda es contribuir a la autonomía alimentaria del sector ganadero basada en los cultivos de alto contenido proteico con destino a su utilización en alimentación animal.
El FEGA fija el importe definitivo de la ayuda al tomate para industria en 179,82€ /ha
La dotación presupuestaria para la ayuda asociada al tomate para industria en la campaña 2017 asciende a 6.352.000 €.
En la presente campaña 2017, el número de hectáreas determinadas asciende a 35.311,43 Hectáreas (8.752,04 en Andalucía), lo que supone que el importe unitario definitivo de la ayuda queda fijado en 179,820960 €/Ha.
El importe definitivo de la ayuda a la remolacha azucarera en la zona sur asciende a 316,01 €/ha
La ayuda asociada a la remolacha azucarera, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los agricultores que produzcan remolacha azucarera que cumplan los requisitos establecidos en Sección 6ª del Capítulo I del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre.
El objetivo de esta ayuda es contribuir al mantenimiento del cultivo de la remolacha azucarera en las zonas tradicionales de producción, así como favorecer el adecuado suministro de materia prima a la industria transformadora asociada para asegurar la permanencia del complejo agroindustrial remolachero-azucarero.
El importe provisional del Pago específico al algodón en la campaña 2017/2018 será de 995,63 €/ha
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado el importe unitario provisional de la ayuda del pago específico al cultivo del algodón para la campaña 2017/2018, que será de 995,635600 euros por hectárea.
Esta ayuda se concederá a los productores por hectárea de algodón determinada, es decir, que resulte admisible una vez realizados los controles administrativos, sobre el terreno y específicos de esta ayuda. Para ello, se deben cumplir los requisitos legalmente establecidos para la concesión de la ayuda, que se establecen en el Capítulo 2 del Título IV del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, así como en la Sección 8ª, del Capítulo I, Título IV del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
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