La Consejería de Agricultura ha publicado la orden por la que da a conocer a los ganaderos andaluces la superficie apta para la montanera de este año 2017 con la carga ganadera máxima admisible para cada explotación. Como publica la periodista Inma Lopera en ABC, esta carga viene determinada por la superficie arbolada cubierta de las parcelas identificadas en el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (Sigpac) como aptas para la alimentación de todos aquellos animales que dan origen a productos con designación «de bellota», de acuerdo con el Real Decreto 4/2014 , de 10 de enero, por el que se aprueba la Norma de Calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico.
La orden no ha gustado a Asaja Sevilla, que denuncia que «Andalucía ha limitado la superficie apta para la montanera que recoge la Norma de Calidad del Ibérico en vigor». En este sentido, el técnico de Ganadería José Manuel Roca explica a ABC que la normativa nacional, en su anexo, establece que la carga ganadera máxima admisible en la explotación determinada por una superficie arbolada cubierta de hasta diez es de 0,25 cochinos por hectárea, pero la Junta en su orden «fija que en las explotaciones con una superficie arbolada cubierta inferior a seis la carga ganadera es cero, es decir, que no se pueden engordar cochinos».
Adjuntamos el artículo completo de ABC