El Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA) ha establecido los importes unitarios definitivos con los que se realizará el pago del segundo saldo de las ayudas asociadas a la ganadería para la campaña 2024.
El objetivo de estas ayudas es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones a través de su sostenibilidad y competitividad, reduciendo así el riesgo de abandono de una actividad productiva que también juega un importante papel desde el punto de vista medioambiental.
El pago de estas ayudas se realiza en dos periodos: un anticipo del 16 de octubre al 30 de noviembre del año de solicitud de la ayuda (con la salvedad de las ayudas asociadas al vacuno de cebo), y posteriormente se efectuaría el pago del saldo, entre el 1 de diciembre al 30 de junio del año natural siguiente al de solicitud.
Para la campaña 2024, se podrán efectuar los pagos del segundo saldo hasta el 30 de junio del año natural siguiente. Estos pagos tienen como finalidad alcanzar el 100% del pago total permitido, teniendo en cuenta las asignaciones financieras indicativas asignadas a cada intervención.
Para el cálculo de los importes definitivos, el FEGA ha tomado como base los animales determinados por los que se ha solicitado en cada una de las intervenciones, dato obtenido de la información facilitada por las comunidades autónomas.
Las asignaciones financieras indicativas para la campaña 2024 son:
- Anexo XXI: Asignación financiera total de las ayudas asociadas ganaderas
- Ayuda asociada para los ganaderos extensivos de vacuno de carne: 186.610.000 €.
- Ayuda asociada para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento: 12.390.000 €.
- Ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros: 25.900.000 €.
- Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de vaca: 122.000.000 €.
- Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino de carne: 131.620.000 €.
- Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de oveja y cabra: 44.680.000 €.
- Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino sin pastos a su disposición y que pastorean superficies de rastrojeras, barbechos y restos hortofrutícolas: 20.000.000 €.
Por tanto, los importes unitarios definitivos para el pago del segundo saldo quedan fijados en: