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Publicado el Reglamento para el almacenamiento privado de aceite de oliva

La ayuda se establece para un periodo de almacenamiento de 180 días, con una cantidad mínima de 50 toneladas y siempre a granel
12 Nov 2019 No comment  

El Diario Oficial de la Unión Europea publicó ayer el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1882 de la Comisión de 8 de noviembre de 2019 por el que se inician los procedimientos de licitación en relación con el importe de la ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva.

La Comisión ha aprobado este procedimiento debido a que el precio de los aceites de oliva en los mercados español, griego y portugués se ha mantenido sistemáticamente bajo durante varios meses y dada la presión bajo la que se encuentra el sector por la descompensación entre la oferta y la demanda del producto, que ha derivado en una bajada de los precios.

¿Para qué categorías?

Se iniciará una licitación independiente en relación con la ayuda al almacenamiento privado de cada una de las siguientes categorías de aceite de oliva virgen:

a) aceite de oliva virgen extra;
b) aceite de oliva virgen;
c) aceite de oliva lampante.

Para que los distintos operadores puedan beneficiarse de la medida, cada uno de ellos debe presentar un máximo de una oferta por categoría de aceite de oliva virgen por subperíodo.

¿Cuáles son los periodos de licitación?

En aras de un sistema operativo flexible, el importe de la ayuda debe fijarse mediante licitación. A tal fin, conviene establecer varios subperíodos de licitación, que serán los siguientes, cada uno de los cuales finalizará a las 12.00 horas (hora de Bruselas):

a) del 21 de noviembre de 2019 al 26 de noviembre de 2019;
b) del 12 de diciembre de 2019 al 17 de diciembre de 2019;
c) del 22 de enero de 2020 al 27 de enero de 2020;
d) del 20 de febrero de 2020 al 25 de febrero de 2020.

Si el último día de un subperíodo es un día festivo, el plazo vencerá a las 12.00 horas (hora de Bruselas) del día hábil anterior.

En cada uno de los subperíodos, los operadores no presentarán más de una oferta por cada uno de los productos a que se refiere el artículo 1, apartado 1. 3.

¿Qué cantidad puede pedirse y quién puede presentarla?

La cantidad mínima por oferta será 50 toneladas.

El importe de la garantía contemplada en el artículo 40, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1240 ascenderá a 50 euros por tonelada.

Para que la ayuda al almacenamiento privado sea eficaz y tenga un impacto real en el mercado, debe concederse a los aceites de oliva vírgenes a granel. Habida cuenta de que en el sector oleícola es habitual almacenar productos, se aceptan también ofertas en relación con los aceites de oliva vírgenes ya almacenados.

Las ofertas solo podrán presentarse en Grecia, España, Francia, Croacia, Italia, Chipre, Malta, Portugal y Eslovenia.

Los Estados miembros notificarán a la Comisión todas las ofertas admisibles a más tardar a las 12.00 horas (hora de Bruselas) del día siguiente al último día de cada subperíodo de presentación de ofertas .

Los contratos de ayuda al almacenamiento privado abarcarán un período de almacenamiento de 180 días.

¿Por qué se ha iniciado este procedimiento?

Para proceder a esta autorización la Comisión ha considerado lo siguiente:

- El precio de los aceites de oliva vírgenes en los mercados español, griego y portugués se ha mantenido sistemáticamente bajo durante varios meses.
-Las perspectivas de otra buena cosecha consecutiva en la Unión, la acumulación de existencias y las incertidumbres actuales en el comercio exterior crean un desequilibrio entre la oferta y la demanda que, a su vez, ejerce una presión a la baja sobre los precios de los aceites de oliva vírgenes y causa una grave perturbación a amplias partes del mercado de la Unión.
- España es el mayor productor de aceite de oliva de la Unión y su líder en materia de precios. Las existencias excepcionalmente altas de España, por tanto, pueden prolongar y exacerbar la grave perturbación del mercado de la Unión de los aceites de oliva vírgenes.

Por todo ello, para reducir el actual desequilibrio entre la oferta y la demanda y atenuar esas condiciones de mercado adversas, procede conceder una ayuda al almacenamiento privado de aceites de oliva vírgenes.


Adjuntamos el Reglamento de la Comisión.

Igualmente, adjuntamos la Circular de Coordinación 32/2019 del Procedimiento de concesión de ayudas al almacenamiento privado de aceite de oliva elaborada por el FEGA.

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