Las transmisiones de derechos de pago único no tributarán el IVA
El Ministerio de Hacienda asume la tesis defendida por Asaja y, finalmente, tras meses de incertidumbre, los agricultores que vendan o alquilen sus derechos de la Política Agraria Común (PAC) junto con el terreno correspondiente no tendrán que tributar por el IVA.
Así lo cuenta en ABC la periodista Elisa Navas. Adjuntamos artículo.
ASAJA-Sevilla insta a rectificar las cuantías infladas fijadas por la Junta de Andalucía para estimar el valor real de las fincas rústicas
Pese a que el precio de la tierra acumula seis años consecutivos de descenso, la Consejería de Hacienda no ha revisado hasta hoy los valores oficiales para establecer la tributación que fijó en 2011 y que se calcularon con datos tomados fundamentalmente del periodo 2006-2009, cuando las operaciones de compra-venta de fincas rústicas se hacían a unos precios muy elevados, pues no reflejaban aún el pinchazo de la burbuja inmobiliaria.
Esta circunstancia ha propiciado que los agricultores y ganaderos andaluces que compraron o heredaron alguna finca rústica entre 2011 y junio de 2015 hayan sufrido un tratamiento impositivo absolutamente abusivo, pues a efectos fiscales se han visto obligados a tributar con unos precios teóricos sobrevalorados, muy por encima de los valores de compraventa que refleja la Consejería de Agricultura en su encuesta anual de precios de la tierra en Andalucía.
Desconcierto por el cambio de criterio de Hacienda en la tributación por IVA
A la maraña administrativa y burocrática que deben asumir agricultores y ganaderos anualmentehay que añadir ahira un nuevo frente, esta vez relacionado con la tributación de los derechos de pago único de la PAC que se transmiten o ceden junto con las fincas.
Así lo publica la periodista Elisa Navas en ABC, quien explica el origen del problema tras entrevistar al asesor fiscal de ASAJA-Sevilla, Ángel Martín.
Adjuntamos el artículo.
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