Ampliadas las normas establecidas para contener el coronavirus hasta el próximo10 de diciembre
La Presidencia de la Junta de Andalucía publicó el pasado 23 de noviembre en el BOJA un nuevo Decreto (Decreto 10/2020) por el que se establecen nuevas medidas tras la declaración del estado de alarma para contener el coronavirus.
En líneas generales y en lo que afecta al sector agrario permanecen los mismos condicionantes establecidos para las limitaciones de actividad, horario, restricciones de movilidad y desplazamientos de la anterior normativa (que estaban vigentes hasta el 23 de noviembre), estableciéndose su nueva vigencia hasta las 00:00 horas del día 10 de diciembre de 2020.
"El sector citrícola andaluz necesita mejorar su estructura comercial"
El presidente de ASAJA-Sevilla y de ASAJA Andalucía, Ricardo Serra, analiza en Valencia Fruits los primeros compases de una campaña citrícola que en el territorio andaluz contará con mejores números que la pasada.
Serra hace una llamada a las autoridades españolas y europeas para que sean más contundentes en el control de los puertos de entrada con las importaciones de terceros países.
¿Está permitida la caza en Andalucía en las actuales circunstancias?
El Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 9/2020, de 8 de noviembre de 2020, establece el cierre perimetral de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el de todos los municipios comprendidos en dicha Comunidad Autónoma desde las 00.00 horas del martes 10 de noviembre de 2020 hasta las 00.00 horas del martes 24 de noviembre de 2020, periodo en el que nadie podrá entrar o salir salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados que se produzcan por alguno de los motivos recogidos en su artículo 2 (puedes consultarlos en esta noticia: Novedades sobre los desplazamientos para el sector agrario del 10 al 23 de noviembre de 2020).
¿Está permitida la caza en Andalucía en las actuales circunstancias?
El Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 9/2020, de 8 de noviembre de 2020, establece el cierre perimetral de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el de todos los municipios comprendidos en dicha Comunidad Autónoma desde las 00.00 horas del martes 10 de noviembre de 2020 hasta las 00.00 horas del martes 24 de noviembre de 2020, periodo en el que nadie podrá entrar o salir salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados que se produzcan por alguno de los motivos recogidos en su artículo 2 (puedes consultarlos en esta noticia: Novedades sobre los desplazamientos para el sector agrario del 10 al 23 de noviembre de 2020).
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Preocupación en el sector por la pandemia
El día de cierre de este último número ha coincidido con el anuncio del cierre perimetral de la comunidad autónoma de Andalucía, de la provincia de Sevilla y de más de la mitad de los municipios andaluces. Se imponen nuevas medidas más restrictivas en un intento por frenar esta segunda ola de la pandemia. Al igual que el resto de la sociedad, desde el campo y desde ASAJA-Sevilla asistimos confusos y preocupados al incremento de casos positivos y a las repercusiones que tanto la pandemia como las medidas que se adoptan para controlarla están teniendo en todas las actividades económicas, y particularmente en nuestro sector, que no es ajeno a la mala evolución de la economía y de los mercados.
¿Qué limitaciones por el COVID-19 afectan a la actividad de los andaluces en estos momentos?
El pasado domingo, 25 de octubre, el Gobierno decretó un estado de alarma para dar amparo constitucional pleno a las medidas contra la pandemia necesarias en las Comunidades Autónomas.
Para aclarar todas las dudas a nuestros agricultores y ganaderos, los servicios jurídicos de ASAJA-Sevilla han elaborado un pequeño resumen, que publicamos a continuación, con la Normativa aplicable que se ha venido aprobando, y está aún en vigor, desde el pasado 19 de junio hasta el 25 de octubre, cuando se declaró el nuevo estado de alarma, poniendo énfasis en las limitaciones establecidas para la celebración de reuniones, para los establecimientos abiertos al público y para los desplazamientos.
¿Qué limitaciones por el COVID-19 afectan a la actividad de los andaluces en estos momentos?
El pasado domingo, 25 de octubre, el Gobierno decretó un estado de alarma para dar amparo constitucional pleno a las medidas contra la pandemia necesarias en las Comunidades Autónomas.
Para aclarar todas las dudas a nuestros agricultores y ganaderos, los servicios jurídicos de ASAJA-Sevilla han elaborado un pequeño resumen, que publicamos a continuación, con la Normativa aplicable que se ha venido aprobando, y está aún en vigor, desde el pasado 19 de junio hasta el 25 de octubre, cuando se declaró el nuevo estado de alarma, poniendo énfasis en las limitaciones establecidas para la celebración de reuniones, para los establecimientos abiertos al público y para los desplazamientos.
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